Medidas alternativas

La Ley obliga a las empresas públicas y privadas de 50 ó más trabajadores a reservar como mínimo un 2% de su plantilla de personal con discapacidad.

 

Las Medidas alternativas son, por lo tanto, una opción de carácter excepcional que ofrece la Ley para hacer frente total o parcialmente a esta obligación a través de otras medidas sustitutorias reguladas en el Real Decreto 1/2013.

Entre estas Medidas Alternativas o Sustitutorias a la contratación de personal con discapacidad, existe la posibilidad de contratar servicios a un Centro Especial de Empleo como es Betansa.

Todos nuestros servicios son realizados por personal con discapacidad de nuestro Centro Especial de Empleo, por lo tanto, es importante destacar que con la contratación de nuestros servicios se está ayudando a fomentar la inserción laboral de personas con discapacidad.

El incumplimiento de la obligación implica:

  • Prohibición de contratar con la Administración.
  • Pérdida o exclusión hasta un periodo máximo de un año de determinadas ayudas.
  • Sanciones económicas por cada trabajador no cubierto.
  • Influencia negativa en su RSE, imagen y reputación corporativa.

Consulte nuestros servicios y suministros y compense ahora esta obligación.

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